La ministra presidenta de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), Norma Piña, presentó una contrapropuesta a la reforma judicial, la iniciativa de la 4T ya se encuentra en el Pleno del Senado de la República para su discusión y votación.
El fin de semana pasado, la presidenta del máximo tribunal hizo público el documento “Reforma integral al sistema de justicia en México: Desafíos y propuestas” a través de la página oficial de la Corte.
El documento se elaboró a partir de una consulta que el máximo tribunal hizo en torno a la reforma al Poder Judicial que es apoyada por la Cuarta Transformación. Dos de los temas que han causado diversas críticas negativas, incluso señalamientos de organizaciones internacionales, son la figura de los “jueces sin rostro” y la estrategia de elegir a jueces, magistrados y ministros por voto popular para combatir la corrupción, ¿qué dice la contrapropuesta de la Corte sobre esto?
¿Qué dice la contrapropuesta de la Corte sobre el combate a la corrupción?
La contrapropuesta de la Corte reconoce que durante el desarrollo de un proceso judicial se presentan diversos problemas, los cuales comprometen su efectividad y justicia.
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El documento señala que los juicios “a menudo” se ven afectados por la falta de independencia judicial y por las amenazas en contra de juezas o jueces, lo que puede provocar que tomen decisiones influenciadas por intereses políticos o económicos.
Esto se agrava con la falta de cumplimiento de sentencias judiciales, ya que a pesar de que se emita un fallo favorable su ejecución no siempre se garantiza y deja a los ciudadanos en una posición de vulnerabilidad.
“Estos problemas no sólo minan la confianza en el sistema judicial, sino que también perpetúan la impunidad y la desigualdad en el acceso a la justicia”, indica el documento.
El documento que publicó el máximo tribunal propone crear un órgano auxiliar del Poder Judicial de la Federación que tenga independencia técnica, de gestión y para emitir resoluciones sobre conductas irregulares de sus integrantes, así como con competencia para conocer de los actos y conductas en el ámbito jurisdiccional, es decir de la SCJN, del Consejo de la Judicatura Federal y del Tribunal Electoral.
Además, se contempla la creación de dos órganos especializados que actúen como autoridad investigadora y substanciadora, respectivamente. También plantea realizar las siguientes acciones para enfrentar de manera frontal la corrupción dentro del Poder Judicial:
- Simplificación de todas las etapas del procedimiento de responsabilidades administrativas (investigación, substanciación y sanción).
- Armonizar los procedimientos con estándares internacionales
- Transparentar, en general, el número, origen y estado de las investigaciones, medidas cautelares, procesos y sanciones disciplinarias.
- Campañas de comunicación social internas y al exterior del Poder Judicial para fomentar y construir una cultura de denuncia.
- Disminución de la discrecionalidad en las labores administrativas de los órganos jurisdiccionales.
- Fortalecer la transparencia en la carrera judicial para asegurar que las promociones y designaciones se realicen basándose en méritos y competencias, garanticen la independencia y profesionalismo de las personas juzgadoras.
- Establecimiento de políticas preventivas y correctivas relacionadas con el ambiente laboral.
¿Qué dice la contrapropuesta sobre los “jueces sin rostro”?
La contrapropuesta de reforma al Poder Judicial establece que la falta de independencia judicial está vinculada con las presiones que suelen recibir jueces y juezas por parte de actores no institucionales, entre los que están los grupos del crimen organizado.
La relatora sobre independencia judicial de la ONU indica que en diversas ocasiones las juezas y jueces son sometidos a amenazas, intimidaciones, hostigamientos y otras presiones indebidas, por lo que no pueden actuar con libertad y de manera independiente.
Esto es consecuencia de que el crimen organizado busca infiltrarse en las instituciones de justicia mediante la corrupción y amenazas. A pesar de esto, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) ha señalado que la protección de los jueces y juezas no se puede asegurar mediante el establecimiento de la figura de los “jueces sin rostro”; pues esto puede significar la restricción al pleno goce de garantías, como la igualdad ante la ley y los tribunales, la presunción de inocencia y el derecho a la defensa.
En su lugar, la Corte propone desarrollar un sistema nacional de prevención y protección para todos los operadores de justicia, el cual debe considerar a diversos operadores jurídicos, entre los que están personas defensoras públicas, fiscales, juezas, jueces, magistrados y magistradas a nivel federal y estatal.