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SENADORAS PVEM

Senadoras PVEM proponen 30 días de aguinaldo

La propuesta ecologista fue aprobada en comisión del Senado.

Las senadoras ecologistas María Graciela Gaytán Díaz, Gabriela Benavides Cobos y Alejandra Lagunes Soto Ruiz, buscan beneficiar a las y ,os trabajadores del país.Créditos: Especial
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Las senadoras del Partido Verde, Gabriela Benavides Cobos, Alejandra Lagunes Soto Ruiz y María Graciela Gaitán Díaz, impulsaron una iniciativa que busca elevar el aguinaldo a 30 días, “pues es un acto de humanidad hacia los trabajadores”.

“Duplicar los días de aguinaldo, extendiéndolos de 15 a 30 días, es una propuesta que busca favorecer a la clase trabajadora mexicana”, afirmó la senadora Gaitán Díaz

Durante la sesión de la Comisión de Trabajo y Previsión Social senatorial, se logró consensuar el respaldo a la propuesta presentada por el Partido Verde para dignificar este beneficio.

María Graciela Gaitán, participó como invitada en la Comisión de Trabajo y Previsión Social, donde enfatizó la importancia de “garantizar la dignidad de los derechos laborales”.

Destacó el arduo esfuerzo diario de quienes contribuyen al funcionamiento del país y al bienestar de las familias mexicanas desde las primeras horas del día.

“Debemos considerar que el aguinaldo es un derecho que se constituye como un agradecimiento por la prestación del servicio durante un año laboral y me da mucho gusto que hoy tenemos un Presidente de la República que está muy preocupado por la base trabajadora, que ha aumentado y ha dignificado el salario mínimo”, declaró

Finalmente, la senadora del Partido Verde, María Graciela Gaytán Díaz, expresó su gratitud y reconocimiento a las y los integrantes de la Comisión del Trabajo y Previsión Social que respaldaron la iniciativa, “la cual ahora avanza hacia el Pleno del Senado para su discusión y aprobación”.

Ley Federal del Trabajo

En el Capítulo 5 de la Ley Federal del Trabajo, se detallan los montos y tiempos en que se otorga la indemnización del aguinaldo a las y los empleados de nuestro país:

Artículo 87.-Los trabajadores tendrán derecho a un aguinaldo anual que deberá pagarse antes del día veinte de diciembre, equivalente a quince días de salario, por lo menos”.

Los que no hayan cumplido el año de servicios, independientemente de que se encuentren laborando o no en la fecha de liquidación del aguinaldo, tendrán derecho a que se les pague la parte proporcional del mismo, conforme al tiempo que hubieren trabajado, cualquiera que fuere éste”.