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Corridas de toros en México: 4 claves para entender por qué no están prohibidas

La tauromaquia es uno de los temas con más opiniones encontradas, pero a pesar de ello, es una actividad lícita en al menos 28 de 32 estados del país.

Claves para entender por qué las corridas de toros son legales Créditos: Cuartoscuro
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Uno de los temas que más se prestan a la controversia y al debate público son las corridas de toros en México, por lo que esta vez te explicaremos cuatro claves para entender por qué no están prohibidas.

Dicha actividad es considerada por muchos como una tradición o un arte; mientras que otros la definen como una actividad violenta, denigrante y que promueve el maltrato animal, ocasionando que incluso estén a favor de su abolición.

Sin embargo, a pesar de las opiniones encontradas, la tauromaquia es una actividad lícita, al menos en 28 de las 32 entidades que componen la República Mexicana.

En tanto que algunos estados como Aguascalientes, Hidalgo, Guanajuato, Zacatecas, Querétaro, Tlaxcala, Colima, Nayarit, Michoacán, Jalisco y Baja California, la tauromaquia fue declarada como Patrimonio Cultural Inmaterial.

Lo anterior obliga a los gobiernos a la protección, promoción y engrandecimiento de la tauromaquia, propiciando que estén ‘blindadas’ las celebraciones, de tal forma que no pueden cancelarse las corridas de toros en esas entidades.

Claves para entender por qué las corridas de toros no están prohibidas

1. Una de las claves principales para entender por qué las corridas de toros no están prohibidas es porque su abolición atenta contra los derechos a la libertad de expresión y a la cultura marcados en la constitución mexicana.

Otro aspecto fundamental es que esta actividad ha adoptado un valor cultural y patrimonial, que data de la conquista, por lo que su prohibición atenta contra la tradición cultural taurina.

2. En el caso de la Ciudad de México la realización de las corridas de toros es una actividad totalmente legal; de hecho existe la Ley para la Celebración de Espectáculos Públicos en la capital del país.

Además, su regulación está marcada en el Reglamento Taurino para el Distrito Federal, donde se describen todos los estatus para la realización legal de dicha actividad.

3. Otra clave por la cual las corridas de toros no están prohibidas es que su realización respalda el derecho humano a la libertad de trabajo, el cual consiste en el derecho que tiene todo individuo de elegir la ocupación que más le convenga y guste, siempre y cuando ésta sea lícita.

Es por ello que no solo las empresas encargadas de la realización de estos eventos se han manifestado en contra de su abolición, sino también ganaderos que se dedican a la crianza de los toros de lidia.

4. Finalmente hay que mencionar que el pasado 6 de diciembre, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) autorizó de nuevo los espectáculos taurinos, de tal forma que cada vez que se busque suspender las actividades deberán promover suspensiones provisionales para obstaculizar su realización.

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Varios de los argumentos previamente presentados sirvieron para que las corridas de toros regresaran a la Plaza México, luego de que un tribunal colegiado de la Ciudad de México validó el recurso de queja presentado por la empresa Espectáculos Monterrey Sociedad Anónima (EMSA), que gestiona el recinto.

"Nos es muy grato hacer de su conocimiento que, derivado de las acciones de defensa promovidas por la Empresa en contra de la suspensión provisional, nuestro recurso de queja fue resuelto de manera favorable y por unanimidad el día de hoy por el décimo tercer Tribunal Colegiado de Circuito, por lo que se reanudan los espectáculos taurinos en la Plaza México", se informó esta tarde en un comunicado.

El Consejo de la Judicatura Federal fue quien dio a conocer tal hecho al confirmar que el décimo tercer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa en la Ciudad de México declaró fundado el recurso, por lo que se deja sin efecto la suspensión provisional que impedía la realización de corridas de toros en la plaza más grande del mundo.

Lo anterior con base a la determinación de la Corte de diciembre pasado, donde se destaca que las suspensiones “impacta de manera negativa en toda una serie de actividades y derechos, que al menos hasta este momento constituyen un actividad lícita prevista en la Ley para celebración de Espectáculos Públicos, y el Reglamento Taurino, ambos de la Ciudad de México”.

Con la resolución, se llevarán a cabo las corridas de toros programadas para el 4 y 5 de febrero, en festejo por la inauguración de la Plaza México en 1946._ Con información de Congreso CDMX, El País, El Juego de la Corte y Tauromaquia Mexicana