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¿Infieles deben pagar a sus parejas por daño moral? Esto dice la Corte

Hasta hace poco más de una década, el Código Penal Federal consideraba al adulterio como un delito que era sancionado hasta con dos años de prisión y privación de los derechos civiles hasta por 6 años.

El adulterio dejo de ser considerado como un delito en México desde el 2011Créditos: Cuartoscuro
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La infidelidad en el matrimonio es una de las principales causas de divorcio en México; sin embargo, que las personas sean infieles no las obliga a pagar por el daño moral ocasionado a sus parejas, así lo determinó la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN).

Hasta hace poco más de una década, el Código Penal Federal consideraba al adulterio como un delito que era sancionado hasta con 2 años de prisión y privación de los derechos civiles hasta por 6 años para quienes cometieran adulterio en el domicilio conyugal o con escándalo.

Sin embargo, el adulterio dejó de ser considerado como un delito contra la libertad y el normal desarrollo psicosexual gracias a una reforma presentada por el entonces senador Jorge Kahwagi presentada en 2008 y que fue avalada 3 años después, en 2011.

En la actualidad, las infidelidades cometidas dentro del matrimonio ya no se consideran un delito; por lo que estas ya no ameritan que se repare el daño moral ocasionado a la pareja, aunque el acto de adulterio se haya dado antes de la reforma antes mencionada.

Infieles no deben pagar por daño moral

Este 14 de febrero, Día del Amor y la Amistad, la Suprema Corte de Justicia de la Nación recordó que la infidelidad no es motivo para que una persona exija a su pareja la reparación del daño por haber cometido adulterio durante el matrimonio.

Para demostrar lo anterior, citó una resolución emitida en 2018 para un juicio de amparo promovido por una mujer luego de que su exesposo le exigió un pago por daño moral tras comprobar que había procreado una hija que no era de él durante el matrimonio.

Dicho caso surgió luego de que un hombre demandó a su esposa un pago por daño moral luego de que confirmó que una de sus hijas no era suya, sino que fue producto de una infidelidad ocurrida en 1989.

A pesar de que la Suprema Corte consideró que la infidelidad de la mujer sí constituyó un daño moral en contra de su esposo, determinó que la ley vigente al momento de que el hombre promovió su denuncia no contemplaba al adulterio como un delito.

Por lo anterior, declaró improcedente que la demandada pagara a su pareja por el daño moral provocado por su infidelidad.

Divorcios en México

Los divorcios en México han mostrado un incremento constante en los últimos 20 años, de acuerdo con cifras publicadas por el Instituto Nacional de Estadística y Geografía (Inegi).

En 2020, último año del que se tiene registro, se registraron un total de 92 mil 739 divorcios, mientras que la cifra más alta se registró un año antes, durante 2019, con 160 mil 107.

El Inegi detalló que la edad promedio de las mujeres que se divorcian es de 39 años, mientras que la de los hombres es de 42 años.

Además, durante 2020 se registraron 28 divorcios por cada 100 matrimonios.

Las entidades que registraron más divorcios durante 2020 fueron:

  • Aguascalientes: 62 divorcios
  • Coahuila: 53 divorcios
  • Campeche: 51 divorcios
  • Querétaro: 50 divorcios
  • Baja California Sur: 48 divorcios

Y aunque no todos los casos se dan por quienes son infieles, esta es una de las principales causas para el término de los matrimonios.