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¡Ojo con el SAT! Estas son las multas para 2022

El Servicio de Administración Tributaria alista cambios fiscales para el 2022. Te contamos.

¡Cuidadito! El Servicio de Administración Tributaria alista cambios fiscales para el 2022.Créditos: Cuartoscuro
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¡Cuidadito! El Servicio de Administración Tributaria (SAT) alista cambios fiscales para el 2022 que incluyen multas para las y los contribuyentes.

Estos son los cambios que tiene el SAT para el 2022

¿Tienes 18 años? ¿Ya te inscribiste en el Registro Federal de Contribuyentes (RFC)? Debes hacerlo, pues de acuerdo con el Código Fiscal de la Federación, las personas físicas mayores de edad deberán solicitar su inscripción.

Si el SAT detecta que no están inscritos, la multa será de entre 3 mil 870 hasta los 11 mil 600 pesos.

"Tratándose de personas físicas sin actividades económicas, dicha inscripción se realizará bajo el rubro 'Inscripción de personas físicas sin actividad económica', conforme al Reglamento de este Código, por lo que no adquirirán la obligación de presentar declaraciones o pagar contribuciones y tampoco les serán aplicables sanciones", según el Diario Oficial de la Federación.

  • Facturación mal emitida

Las y los contribuyentes podrán ser acreedores a una sanción que va de 400 a 600 pesos si una factura es emitida sin los complementos correspondientes.

En tanto, si un Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI) se cancela fuera de plazo, la multa será de 5 a 10 por ciento del monto de cada factura enviada.

  • Buzón tributario 

¡Revisa tu buzón tributario! El SAT dio facultades para que a partir del próximo y a través de este medio se notifique el proceso de un embargo de bienes a los contribuyentes.

“La autoridad fiscal, tratándose de créditos exigibles, podrá llevar a cabo el embargo de bienes por buzón tributario, estrados o edictos”, se lee en el DOF.

Las sumas de dinero objeto del embargo se aplicarán a cubrir el crédito fiscal al momento de recibirse, detalla el SAT.

  • Donaciones a organizaciones civiles

En la Miscelánea Fiscal, la reforma al artículo 151 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta establecerá un ‘tope’ de ingresos en 2022, por lo que las deducciones que podrán realizar los contribuyentes se limitarán. 

Esto refiere que los donativos personales ya no estén en una bolsa aparte, sino que se incluyan dentro de esa misma. Dicho ajuste establece que los donadores solo podrán deducir por este concepto el equivalente al 15 por ciento de sus ingresos anuales

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