No hay beneficiarios en cancelación de adeudos fiscales, aclara SAT
21 de Junio, 2012
Luego de que el Instituto Federal de Acceso a la Información (IFAI) reiterara que el Servicio de Administración Tributaria (SAT) debe dar a conocer los nombres de los beneficiaros de la cancelación de créditos, la dependencia aseguró haber actuado conforme a derecho".
Aclara el Servicio de Administración Tributaria (SAT) que no existen beneficiarios en el proceso de cancelación de adeudos fiscales, que ascenderían a 74 mil millones de pesos.
Lo anterior, en relación a la ratificación del Instituto Federal de Acceso a la Información (IFAI) y protección de datos, para que difunda a los contribuyentes beneficiados en la cancelación de préstamos por un monto de 714 mil millones de pesos.
A través de un comunicado, la dependencia gubernamental indicó que "la cancelación de un adeudo tiene implicaciones de índole contable que son útiles únicamente para la depuración de la cartera de adeudos, similar a lo que hacen instituciones privadas y no elimina en ningún caso la obligación de pagar el adeudo fiscal, ni se extingue el derecho del Estado de cobrarlo, es decir, el contribuyente mantiene su carácter deudor con el Estado mexicano."
Responde al IFAI que la dependencia "ha actuado, en todo momento, conforme a derecho y con fundamento en el artículo 15 de la Ley de Ingresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2007, que establece: ‘La cancelación de los créditos a que se refiere este artículo no libera de su pago.’"
De igual manera, cita el artículo 146-A del Código Fiscal de la Federación el cual refiere, en su último párrafo que: "La cancelación de los créditos a que se refiere este artículo no libera de su pago."
Ante lo cual, el SAT recomienda no confundir "la cancelación de adeudos fiscales con la condonación o perdón de un adeudo fiscal" e informa que no ha recibido notificación al respecto del IFAI.
hbc
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