Emplea SAT argucias para no difundir beneficiados: IFAI. En Fórmula Financiera
Notimex
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21 de Junio, 2012
Admite el comisionado del Instituto Federal de Acceso a la Información (IFAI) que la resolución que obliga al SAT a difundir el nombre de los beneficiados con cancelación de créditos, es incómoda pero representa dos puntos porcentuales del IVA, cada punto porcentual son 32 o 33 mil millones de pesos, representa tres o cuatro veces la inversión en programas sociales.
Una Juez de Distrito resolvió a favor de que el Servicio de Administración Tributaria (SAT) proporcione los nombres de los beneficiados con la cancelación de créditos que asciende a 74 mil millones de pesos, indicó Ángel Trinidad Zaldívar, comisionado del Instituto Federal de Acceso a la Información y protección de datos (IFAI).
El funcionario explicó que la resolución emitida ayer por el pleno del IFAI corresponde al discutido en 2009, "en relación a los casi 74 mil millones de pesos de créditos fiscales, que fueron cancelados." Detalló que sólo ratificaron la decisión anterior, donde se determinó que "esa información debía hacerse pública. Se ratificaron algunos de los argumentos y se dieron otros."
Entrevistado en Fórmula Financiera, Trinidad Zaldívar indicó que la intención es que el SAT "cumpla con la resolución, porque no tendría por qué no cumplir, pero se ha defendido con uñas y con dientes y ha utilizado una serie de argucias legales para no entregar la información…".
De acuerdo con información que el propio SAT publicó, hay ocho mil 843 créditos cancelados de uno a cinco millones de pesos; además de mil 729, con montos de entre cinco a 25 millones; así como 166, que oscilan entre 25 y 100 millones; y "lo que llamo la cereza del pastel", que son 15 créditos de 100 a 500 millones, señaló el comisionado.
Empero, el SAT argumentó que no podía hacer pública porque se lo impedía el secreto fiscal y una recomendación de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH).
Al respecto, Ángel Trinidad desechó tales argumentos porque, primero, "la CNDH debería estar defendiendo derechos humanos y no haberse metido en una materia que no le corresponde y, segundo, ha sucedido algo curioso en relación que ellos alegan que el secreto fiscal es inamovible, que no hay manera que sea abierto, lo cual es falso."
Consideró que el artículo 69 del Código Fiscal aborda el secreto fiscal, donde se establece excepciones a la misma. Asimismo, señaló, tanto la Corte mexicana, como la interamericana y la de Costa Rica han señalado que "cuando estén en pugna el derecho a la privacidad o protección de datos personales, con el derecho a la información y haya un interés público mayor, debe atenderse al interés público."
Por último, el comisionado del IFAI leyó parte de la resolución de la juez, que señaló: "Las autoridades deberán interpretar el artículo 69, conforme con la constitución federal, lo que significa que deberán proporcionar la información solicitada, misma que además es necesario difundir para evitar la mínima suspicacia de los gobernados, en el sentido de que la cancelación de créditos que se llevó a cabo en 2007 iba en beneficio de personas físicas y morales concretas o por qué dichas cancelaciones fueron resultados de ineficiencia, por decir lo menos de las autoridades fiscales en su cobro, lo cual no debe permitirse en un Estado social, democrático y constitucional de derecho."
hbc
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