Amparo IMSS e ISSSTE para no afiliar parejas gay: Conapred. Con Denise Maerker
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31 de Octubre, 2011
Ambas instituciones argumentan que sus leyes no contemplan la posibilidad de afiliar a parejas distintas de las heterosexuales.
Tanto el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) como el Instituto de Seguridad Social al Servicio de los Trabajadores (ISSSTE), promovieron demandas de amparo contra el Consejo Nacional para Prevenir la Discriminación (Conapred), luego de que este organismo se negó a suspender una resolución en la que exige a ambas instituciones reconocer derechos a parejas del mismo sexo y los acusa de incurrir en actos de discriminación por negar su filiación.
Hilda Téllez Lino, directora de Quejas y Reclamaciones del Conapred, explicó que existe una resistencia notable del IMSS y de ISSSTE a cumplir con la recomendación emitida el pasado 6 de julio, ante las quejas recurrentes de parejas de homosexuales que, tras contraer matrimonio en el Distrito Federal, han intentado afiliar como derechohabientes a sus parejas en varios estados del país, tanto en el IMSS como en el ISSSTE y se les ha negado.
En todos los casos se respondió que las leyes del ISSSTE y del Seguro Social no contemplan la posibilidad de afiliar a parejas distintas de las heterosexuales, pero, de acuerdo con la funcionaria, se trata de una interpretación de la ley porque en el lenguaje de esta no se maneja la distinción de género.
El Consejo emitió instrucciones a los directores generales de ambas instituciones, incluida la de ordenar a las áreas de afiliación, cobranza y prestaciones económicas, para que tramiten las solicitudes de afiliación de cónyuges o concubinarios del mismo sexo.
Sin embargo, dijo en entrevista para "Atando Cabos", impugnaron las instrucciones ante el propio Conapred, mediante un recurso de revisión, pero el Consejo se negó a concederles una suspensión que dejaría sin efectos la resolución.
Explicó que lo que ambas instituciones argumentan es que la normatividad no les permite hacer la filiación porque en ésta se concibe al matrimonio entre parejas de heterosexuales, lo cual es una cuestión de interpretación.
"Nunca, en ningún momento se habla de la pareja hombre o mujer, ambas leyes son tan antiguas que no manejan un lenguaje de género y no existe prohibición expresa", dijo la funcionaria.
Lamentó la interpretación de la norma de manera tan restrictiva y no de acuerdo con la legislación nacional o de derechos humanos en pro de las personas.
Aseguró que desde el punto de vista jurídico no es necesario modificar la ley, sólo solicitar una interpretación de manera amplia y no restrictiva como actualmente se ha realizado.
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